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preguntas frecuentes

¿Qué establece la Ley de Timbres y Estampillas en relación a los impuestos que deben pagar documentos mercantiles tales como letras de cambio y pagarés?

Según lo establece la Ley de Timbres y Estampillas, las letras de cambio y pagarés están afectas al pago de un impuesto que corresponde a un porcentaje del monto de la operación, con topes máximos según una escala que establece la norma.

En estos casos, el pago se puede hacer directamente en la Notaría, para luego ser enterados a la Tesorería General de la República bajo la responsabilidad del Notario, o por el propio interesado.
También están afectos al pago de impuesto, las transferencias de vehículos motorizados y los mutuos.

¿Dónde puedo consultar la Notaría o Registraduría de mi Registro Civil de Nacimiento?

El Registro Civil de nacimiento constituye la base para la identificación de la población colombiana. En el siguiente enlace usted podrá consultar la oficina en donde se adelantó la inscripción de su registro civil de nacimiento o de matrimonio. Esta información le será suministrada por el sistema siempre y cuando usted tenga grabado el serial de su registro en las bases de datos de la Registraduría Nacional, teniendo en cuenta que el formato de seriales para el registro civil de nacimiento fue implementado paulatinamente a partir del año 1970 y para registro civil de matrimonio a partir de 1981, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1260 de 1970." Fuente Registraduría del Estado Civil.

 

Debe ingresar a este link para consultar la Notaría o Registraduría donde se encuentra registrado.

¿Qué son los derechos notariales?

Los Notarios perciben como retribución de su trabajo, los derechos que establece el Arancel que periódicamente dicta el Ministerio de Justicia, salvo aquellas actuaciones que puedan regularse convencionalmente.

¿Qué son la certificación y las diligencias personales?

Las personas pueden pre-constituir eventuales pruebas judiciales mediante la certificación de hechos y situaciones practicadas por los Notarios, que, como ya se ha dicho, son ministros de Fe Pública.

Para tal efecto deben acordar los términos y convenir honorarios en forma previa y directamente con la Notaría.

¿Cómo tiene validez un documento emitido en el extranjero?

Para que un documento emitido en el extranjero tenga validez en nuestro país, es necesario que sea traducido y si procede, legalizado y protocolizado; según establecen los artículos 345, 347 del C. de P.C y 420 del C.O.T. 

La legalización es un trámite administrativo que se realiza en los Consulados y en las oficinas de legalización de los Ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores. 

La protocolización consiste en agregar el documento al final del registro del Notario, dejando constancia de ello en el libro de repertorio el día en que se presenta el documento. 

Por su parte los extranjeros que comparecen en Chile, pueden acreditar su identidad con el pasaporte o documento de identificación que le permitió su ingreso al país, y en el caso de compraventas de bienes raíces deben obtener RUT ante el S.I.I

¿Cuántos tipos de escritura contempla la legislación colombiana?

La legislación colombiana contempla varios tipos de sociedades, las cuales suelen dividirse en sociedades de capital y de personas. Dentro de estas últimas la más usada y conveniente desde un punto operativo y tributario es la Sociedad de responsabilidad limitada.

El contrato de constitución debe ser celebrado por escritura pública y un extracto de él se inscribe en el Registro de Comercio y se publica por una vez en el Diario Oficial de la República, dentro de 60 días contados desde la fecha de la escritura. 

Se requiere por tanto la comparecencia ante el Notario de los socios con sus documentos de identificación.

Las menciones básicas de dicho contrato son: Nombre de la sociedad que puede consistir en los nombres o apellidos de los socios o una mención al giro de la sociedad, siempre seguidos de la palabra: Limitada.

Pueden, además, usar un nombre de fantasía, aparecer el capital, forma y cuantía del aporte de cada socio, la forma de administración y uso de la razón social, objeto social, domicilio y duración El 11 de febrero de 2003 entró en vigencia la Ley 19.857 que autoriza el establecimiento de Empresas Individuales de Responsabilidad. Limitada.

¿Cuándo se hace necesario redactar una minuta o borrador firmado por un abogado?

Es necesario que con ciertos documentos que deben ser otorgados por escritura pública se exija, en conformidad a la ley, la presentación de una minuta o borrador redactado por un abogado. Estos documentos pueden ser: partición de bienes, sociedades, escrituras constitutivas de personalidad jurídica, asociaciones de canalistas y cooperativas. Estas minutas pueden ser entregadas a la Notaría vía e-mail, fax, otros modos.

Los plazos de confección, son por lo general de 24 horas y la firma de los concurrentes no requiere ser simultánea. A tal efecto, estos deben concurrir a la Notaría en el horario de atención, donde serán atendidos por la jefa de Registro correspondiente.

¿Qué se requiere para otorgar un poder general?


Para otorgar un Poder General es necesario que la persona tenga determinado a que persona desea dar un poder GENERAL para representarlo y que con la asesoría de un abogado confeccione un borrador con las facultades que quiere entregar al mandatario. Hecho el borrador se remite a la Notaría para que se confeccione la escritura pública correspondiente y el otorgante concurre a firmarla.

La Notaría otorga copias de esa escritura, con las cuales el mandatario (a quien se le otorga el poder) puede realizar todas las gestiones que se le encomiendan en "representación del mandante (el otorgante del poder).

¿Qué se necesita para transferir un bien raíz?


Para transferir un bien raíz se deben tener al menos los siguientes documentos:


1. Copia de la escritura mediante la cual se adquiría esa propiedad.


2. Certificado de Dominio Vigente otorgado por el Conservador de Bienes Raíces que corresponda.


3. Certificado de Hipotecas y Gravámenes de 30 años otorgado por el mismo Conservador de Bienes Raíces.


4. Certificado de Tesorería que acredite que la propiedad no tiene deudas de contribuciones.


5. Certificado de no expropiación otorgado por el SERVIU y otro por la Municipalidad que corresponda al domicilio de la propiedad que se vende. Con todos los antecedentes descritos anteriormente, se debe solicitar la asesoría de un abogado para que en base a dichos documentos estudie los títulos de la propiedad y confeccione un borrador de la escritura de compraventa. Con ese borrador la Notaría confecciona la escritura pública respectiva, de la cual, una vez firmada por las partes, se otorgan copias para inscribir en el Conservador de Bienes Raíces respecto a la transferencia.

¿Qué se requiere para formar una sociedad?


1. Para formar una Sociedad de cualquier tipo, se requiere de dos o más personas que están de acuerdo en constituirla.


2. Determinar, con la asesoría de un abogado y de acuerdo a la conveniencia de los eventuales socios, que tipo de sociedad es más conveniente.


3. Una vez determinado lo anterior, el abogado asesor debe redactar un borrador de la sociedad requerida y enviarlo a la Notaría, donde se confeccionará la escritura pública correspondiente.


4. Hecha la escritura en la Notaría, los socios la firman, el abogado confecciona un extracto de la escritura y el Notario autoriza la escritura y su extracto.


5. Terminado el trámite de la escritura, se inscriben dos copias del extracto de ella en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda al domicilio social y otro extracto se publica en el Diario Oficial. Ambos trámites deben realizarse dentro de los 60 días desde que se firma la escritura en Notaría.


6. Realizada la inscripción y la publicación del extracto, con copia de ambos documentos y de la escritura de sociedad, se debe concurrir al Servicio de Impuestos Internos para solicitar la Iniciación de Actividades y el RUT de la Sociedad.

¿Se necesita abogado para encargar un trámite a una Notaría?


1. Por regla general no se necesita. Conforme al inciso 1º del artículo 413 del Código Orgánico de Tribunales, sólo las escrituras de constitución, modificación, resciliación o liquidación de sociedades, de liquidación de sociedades conyugales, de asociaciones de canalistas, cooperativas, contratos de transacciones y contratos de emisión de bonos de sociedades anónimas, deben ser extendidas en los protocolos notariales sobre la base de minutas firmadas por algún abogado.

2. Todo lo que es escritura pública debe ser hecha por un abogado.

3. A pesar que la ley no es imperativa en relación a determinados contratos es altamente conveniente por ejemplo en los contratos de compra venta de bienes raíces, intervenga un abogado, tanto por los montos involucrados como porque siempre será aconsejable un estudio previo de los títulos de dominio.

¿Qué documentos son necesarios para vender un vehículo?

1. Si se trata de un automóvil particular, se necesita el padrón del vehículo, las células de identidad de vendedor y comprador y el certificado de anotaciones vigentes.

2. Si se trata de taxis, camionetas o camiones destinados al transporte de carga ajena, además de los documentos anteriores se requiere dar aviso de la venta al Servicio de Impuestos internos.

3. El "Certificado de Anotaciones" se obtiene en el Servicio de Registro Civil e Identificación. Mediante él el comprador puede saber si el vehículo está o no gravado con prenda o si existe algún impedimento legal para la venta como podría ser, por ejemplo, una medida precautoria judicial o un embargo.

4. Al momento de suscribir el contrato de compra venta, las partes deberán acreditar el pago del impuesto municipal a la transferencia de vehículos motorizados, que actualmente asciende al 1,5% del precio estipulado o del valor de su tasación fiscal, según lo que sea más alto.

Ya negociado el apartamento, qué pasos se deben hacer para legalizar la posesión del bien

Comprador y vendedor deben dirigirse a una notaría y presentar los siguientes documentos para elaborar la nueva escritura:

1. Certificado de tradición actualizado no mayor a 30 días. (Si es vivienda usada). Este último vale aproximadamente $7.000.

2. Fotocopia de las cédulas de ambas personas.

3. Promesa de compraventa autenticada con sus firmas.

4. Paz y salvo de valorización e impuesto predial actualizado de la vivienda.

5. La escritura vigente del inmueble objeto de la negociación.

¿Cómo puedo solicitar el certificado de tradición?

Usted debe solicitar el certificado de tradición con el número de matrícula inmobiliaria en caso de no tener este se puede consultar por la dirección del predio, la cédula del propietario o el nombre de este.

¿Qué actos son objeto de registro?

Están sujetos a registro:

1. Los actos que transfieren el dominio, tales como, compraventa, donación, fiducia mercantil, permuta, sucesión.


2. Los gravámenes como la hipoteca.


3. Las limitaciones del dominio tales como, usufructo, patrimonio de familia, afectación de vivienda familiar, servidumbre.


4. Medidas cautelares tales como, embargo, prohibición de enajenar, inscripción de la demanda, gravámenes de valorización.


5. Títulos de tenencia tales como, arrendamiento, comodato y anticresis.


6. Los títulos que conllevan falsa tradición como la compraventa de cosa ajena y la transferencia de derechos incompletos, como derechos sucesorales.
 

¿Cuál es la tarifa del impuesto de registro (beneficencia)?

Por regla general se paga el 1% del valor del documento para actos que por su naturaleza tienen cuantía.

¿En dónde se cancelan los derechos de registro en Bucaramanga?

Oficina de registro:  Cra. 20 #34-01, Bucaramanga, Santander

¿En dónde se cancela el impuesto de registro (beneficencia) en Bucaramanga?

Oficina de registro:  Cra. 20 #34-01, Bucaramanga, Santander

¿Cuál es el término para registrar un documento?

El término para el registro depende de, si el documento es objeto de pago del impuesto de registro, así: 

Los Instrumentos otorgados dentro del país tienen dos meses para registrar en tiempo, contados a partir de la fecha de otorgamiento, vencidos los cuales se generarán intereses moratorios.

Los Instrumentos otorgados en el exterior tienen tres meses para registrar en tiempo, contados a partir de la fecha de otorgamiento, vencidos los cuales se generarán intereses moratorios.

La constitución de hipotecas y patrimonios de familia tienen un término de 90 días hábiles contados desde la fecha de otorgamiento vencido los cuales es necesaria constituir nueva escritura pública.

Las medidas cautelares tales como embargo, demanda, gravámenes de valorización, y sus correspondientes cancelaciones y los demás actos que no pagan el impuesto de registro no tienen término.

¿Cuál es el proceso de registro?

Efectuada la radicación del documento, este pasa a estudio por parte de los abogados calificadores de cada oficina, y si es procedente, se efectúa la inscripción de este sino es viable su inscripción, la oficina de registro lo devolverá al usuario motivando su decisión.

¿Se puede inscribir el nacimiento de una persona que ha fallecido?

Sí, se puede inscribir el nacimiento de una persona que ha fallecido, además de presentar los documentos para acreditar el nacimiento (arts. 49 y 50 Decreto-ley 1260 de 1970), es aconsejable solicitarle a los interesados que aporten copia del registro civil de defunción de la persona que va a ser objeto de inscripción, con el fi n de realizar la anotación pertinente en la casilla de notas acerca del motivo por el cual no se toman las impresiones dactilares del inscrito, anotación que debe ser firmada por el funcionario competente.

¿Quiénes pueden solicitar la inscripción en el Registro Civil de Nacimiento de una persona?

Están en el deber: El padre; la madre; los demás ascendientes (Abuelos, bisabuelos, tatarabuelos); los parientes mayores más próximos; el director o administrador del establecimiento público o privado en que haya ocurrido el nacimiento; la persona que haya recogido al recién nacido abandonado; el director o administrador del establecimiento que se haya hecho cargo del recién nacido expósito; el propio interesado mayor de dieciocho años.

¿Cómo se realiza la inscripción en el Registro Civil de Nacimiento si el documento antecedente es la partida de bautismo en la cual están los datos de los padres, quienes viven en unión libre?

Si se presenta el padre, y firma la casilla del reconocimiento de hijo extramatrimonial o el registro civil como denunciante o testigo, se deben diligenciar las casillas correspondientes a los datos del padre y asignar como apellidos del inscrito el primero del padre seguido del primero de la madre.

Si no se presenta el padre y se presentan los documentos pertinentes que demuestren el reconocimiento (Escritura Pública o acta de manifestación de reconocimiento ante Juez o Defensor de Familia o Comisario de Familia o Inspector de Policía o Testamento o Sentencia Judicial que declare la paternidad) se coloca la información referente a este y se debe hacer alusión a este hecho en la casilla de notas.

Si no se presenta el padre o uno de los documentos determinados por la ley para el reconocimiento, no se pueden colocar los datos del padre en las casillas correspondientes y el inscrito quedará únicamente con los apellidos maternos. Si no es posible el reconocimiento paterno, es aconsejable anotar al final de la partida de bautismo el motivo por el cual no se colocó la información paterna, nota que debe ir firmada por el denunciante y por el funcionario competente.

¿Se puede registrar el nacimiento de una persona antes de que nazca?

No se puede registrar, ya que únicamente se puede inscribir el nacimiento de persona que nazca viva y hubiere sido separada completamente de la madre.

¿Cuáles eventos se deben inscribir en el registro civil de nacimiento?

Los nacimientos que ocurran en el territorio nacional. Los nacimientos ocurridos en el extranjero, de personas hijas de padre y madre colombianos.

Los nacimientos que ocurran en el extranjero, de personas hijas de padre o madre colombianos de nacimiento o por adopción, o de extranjeros residentes en el país, caso en que lo solicite un interesado.

Los reconocimientos de hijos extramatrimoniales, legitimaciones, adopciones, alteraciones de la patria potestad, emancipaciones, habilitaciones de edad, matrimonios, capitulaciones matrimoniales, interdicciones judiciales, discernimientos de guarda, rehabilitaciones, nulidades de matrimonio, divorcios, separaciones de cuerpos y de bienes, cambios de nombre, declaraciones de seudónimo, declaraciones de ausencia, defunciones y declaraciones de presunción de muerte y, en general, todos los hechos y actos relacionados con el estado civil y la capacidad de las personas. (Nota. La habilitación de edad desapareció cuando la Ley 27 de 1977, estableció la mayoría de edad a los 18 años).

¿Cuándo la vivienda es sujeta de una hipoteca, Qué derechos deben pagarse?

Se deben pagar todos los derechos notariales, de escrituración y de boleta fiscal en los porcentajes anteriormente citados sobre el valor de la hipoteca.

¿Qué documentos son necesarios para vender un vehículo?

1. Si se trata de un automóvil particular, se necesita el padrón del vehículo, las células de identidad de vendedor y comprador y el certificado de anotaciones vigentes.

2. Si se trata de taxis, camionetas o camiones destinados al transporte de carga ajena, además de los documentos anteriores se requiere dar aviso de la venta al Servicio de Impuestos internos.

 

3. El "Certificado de Anotaciones" se obtiene en el Servicio de Registro Civil e Identificación. Mediante él el comprador puede saber si el vehículo está o no gravado con prenda o si existe algún impedimento legal para la venta como podría ser, por ejemplo, una medida precautoria judicial o un embargo.

 

4. Al momento de suscribir el contrato de compra venta, las partes deberán acreditar el pago del impuesto municipal a la transferencia de vehículos motorizados, que actualmente asciende al 1,5% del precio estipulado o del valor de su tasación fiscal, según lo que sea más alto.

¿Cómo registrar un documento?

Usted debe:

1. Ubicar su Círculo Registral.

2. Efectuar el pago del impuesto de registro.

3. Efectuar el pago de los derechos registrales y surtir la radicación del documento en la oficina correspondiente.

4. Reclamar el documento en la oficina de registro en la cual se efectuó la radicación.

¿Qué es el estado civil de las personas?

El estado civil de una persona es su situación jurídica en la familia y la sociedad, determina su capacidad para ejercer ciertos derechos y contraer ciertas obligaciones, es indivisible, indisponible e imprescriptible, y su asignación corresponde a la ley. El estado civil de las personas deriva de los hechos, actos y providencias que lo determinan y de la calificación legal de ellos.

¿Cuándo soy propietario?

Una vez adelantada la diligencia de inscripción en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de su municipio, queda finiquitado todo el proceso legal o de posesión y propiedad sobre una casa, lote, bodega, apartamento o finca.

Cuando se expide el certificado de tradición actualizado, la persona o personas allí inscritas serán las nuevas dueñas del inmueble con sus respectivas aclaraciones, como por ejemplo si la casa fue vendida con hipoteca, bajo un patrimonio de familia o se produjo el levantamiento de una hipoteca, etc.

¿Si la escritura sale con errores qué sucede?

Se aconseja leer bien la escritura antes de firmar. Cualquier error, ya sea en la identidad, apellidos, nombres y otros datos claves, dará lugar a otra escritura para corregirlos.

En total la notaría expide cuatro copias. Por consiguiente, deberán pagarse nuevamente las copias simples y auténticas del documento si los datos que se suministraron son errados.

 

Recuerde que una vez expedida la escritura pública con sus copias usted tiene un plazo de dos meses para gestionar su validez jurídica ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.

¿Cómo puedo otorgar un testamento?

1. " El testamento es un acto más o menos solemne, en que una persona dispone de todo o parte de sus bienes para que tenga efecto después de sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en él mientras viva", según es descrito en el Código Orgánico de Tribunales.

2. El testamento solemne abierto -que es el que más se utiliza- debe constar por escrito y otorgarse ante competente escribano y tres o 5 testigos.

 

3. El testamento solemne cerrado se otorga también ante Notario y tres testigos, para lo cual el testador debe concurrir al acto con su testamento previamente hecho, el que se guarda en un sobre lacrado y sellado que firman el testador, los testigos y el Notario. Este es un documento del cual tiene conocimiento solamente el testador.

¿En dónde se debe registrar un documento?

Las Oficinas de Registro están divididas por círculos regístrales. Cada círculo maneja, de acuerdo a la ubicación geográfica, un determinado número de municipios. Para efectos de conocer en donde debe registrar su documento debe remitirse al link información general y consultar CIRCULOS REGISTRALES.

¿A quién se puede inscribir en el registro civil de nacimiento?

(Art. 48 Decreto-ley 1260 de 1970, Art. 90 C.C.).

Se inscribe sólo a quien nazca vivo, entendiéndose que, para poder registrar a una persona, esta debe encontrarse separada completamente de su madre, por cuanto si no ha sobrevivido un momento siquiera a la separación materna, se reputa no haber existido jamás y en este caso no se puede registrar.

¿Qué costo tiene el registro civil?

Los usuarios del registro civil podrán solicitar y obtener sólo una copia del registro civil por diligencia y máximo cinco al mes, salvo justificación motivada por parte del usuario, sin costo alguno. (Circular 055 y 057 de 2.005 de la Registraduría del Estado Civil e instrucción administrativa N° 23 del 13 de dic de 2.005 de Superintendencia de Notariado y Registro)

¿Cuántos tipos de registro civil existen?

En la actualidad existen tres tipos de registro civil. El primero de ellos y con el que se nace a la vida jurídica es el registro civil de nacimiento; en segundo lugar, está el registro civil de matrimonio, con el que se legaliza esta unión frente al Estado, y por último el registro civil de defunción con el que se acredita el fallecimiento de una persona.

¿Dónde se encuentra información de Registro Civil de Nacimiento o de Matrimonio?

El Registro Civil de nacimiento constituye la base para la identificación de la población colombiana. En el siguiente enlace usted podrá consultar la oficina en donde se adelantó la inscripción de su registro civil de nacimiento o de matrimonio. Esta información le será suministrada por el sistema siempre y cuando usted tenga grabado el serial de su registro en las bases de datos de la Registraduría Nacional, teniendo en cuenta que el formato de seriales para el registro civil de nacimiento fue implementado paulatinamente a partir del año 1970 y para registro civil de matrimonio a partir de 1981, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1260 de 1970.

¿Qué es una declaración Extra Juicio?

Una declaración extra juicio es una afirmación que se hace en una notaría en la que la persona que la hace, manifiesta basado en su buena fé y situación legal, sobre cualquier aspecto de su vida que desee quede notarizado como constancia y requerimiento para alguno otro tramite.

¿En qué casos se puede necesitar una declaración Extra Juicio?


En los casos en que se quiera dejar constancia y quede certificado en la Notaria sobre aspectos de vida de quienes hacen la declaración:


1. Estado civil


2. Estado de salud


3. Uso de facultades


4. Paternidad

¿Cómo saber si un predio es legal y se puede comprar o vender?

La manera exacta para saber el estado de un predio para saber si se puede comprar y vender es ir al registro y obtener un Certificado de Libertad y Tradición a nombre del ultimo propietario o en su defecto de quienes legalmente puedan obrar y tramitar por dicha persona.


Dicho certificado puede ser obtenido con el número de matrícula inmobiliaria. Si usted tiene dudas sobre las consistencias o diferencia de dichos datos con los que el vendedor le está dando, absténgase de realizar cualquier transacción o negociación ya que puede ser un fraude o una estafa y verifique la propiedad del predio antes de cualquier negocio.

¿Cuál es la importancia de notarizar documentos?


Un documento notarizado y autenticado es la constancia de la legalidad de un documento privado que le permite a un ciudadano dejar constancia de sus negocios o tramites. En el caso de contratos de cualquier tipo, certifica debidamente sobre las fechas, cantidades, montos, compromisos y cláusulas y será de gran utilidad a futuro cuando se deba usar como referencia.

¿Para qué sirve un poder general?


Un poder general reviste a una persona para obrar y gestionar legalmente a nombre de quien le otorgue el poder. Dicha figura permite a padres ser representados por sus hijos o para quienes están fuera del país tener una persona que les represente legamente en Colombia.

¿Qué necesito para comprar o vender un apartamento?


Para comprar o vender un apartamento, casa, lote, o finca, usted necesita tener a la mano los siguientes documentos:


1. Certificado de tradición y libertad.


2. Escritura pública por medio de la cual EL VENDEDOR adquirió el bien.


3. Paz y salvo del pago de impuesto de valorización.


4. Paz y salvo del pago del impuesto predial de Bogotá o municipal según sea el caso.


5. Paz y salvo de administración, si es propiedad horizontal o condominio.


6. Fotocopia de las cedulas de ciudadanía de comprador y Vendedor.


7. Datos del comprador y del vendedor, como estado civil, lugar de residencia, profesión u oficio, teléfonos, correo electrónico etc.


8. Reglamento de propiedad Horizontal parte pertinente (linderos generales, especiales, bienes comunes y coeficientes de copropiedad)

¿Cómo saber si una escritura es legal o es un fraude?


El primer paso que se debe tomar es dirigirse a la notaria a solicitar una copia. De cada documento que se notariza debe quedar constancia y/o copia en la notaria. La notaria verificará si dicho documento fue efectivamente producido y legalizado por la misma.

¿Cuántos testigos tengo que llevar a la notaria para un testamento?


Depende. Si usted va a hacer un testamento cerrado o que nadie se entere de su contenido, debe llevar cinco testigos.


Si es testamento abierto, se requieren solo tres testigos.


En ambos casos deben ser testigos hábiles, no pueden ser ni empleados, ni parientes.

¿Cómo hago para constituir afectación a vivienda familiar?


Por mandato de la Ley, cuando se adquiere un buen destinado a vivienda por parte de una pareja ya sea casada o con unión marital de hecho por más de dos años, debe afectarlo al régimen de vivienda familiar, en el mismo acto de adquisición. La afectación a vivienda familiar evita el embargo del bien. Pero si desean afectar a vivienda familiar, un bien adquirido previamente, los cónyuges o compañeros permanentes pueden hacerlo a través de escritura pública y para ello se requieren los siguientes documentos:


1. Identificación de los cónyuges o compañeros permanentes.


2. Copia auténtica del registro civil del matrimonio o declaración de la unión marital por escritura pública.


3. Paz y salvo del impuesto de predial, o paz y salvo de impuesto predial y complementarios y paz y salvo de valorización.

¿Puedo declarar la unión marital de hecho en una notaría?


Si claro, se hace mediante el otorgamiento de una escritura pública y los requisitos son los mismos que para el matrimonio:

 

Registro civil de nacimiento con no menos de tres meses de expedición, donde diga que son solteros y que pueden contraer matrimonio, y copias de las cedulas de ciudadanía de cada uno.


Si hay hijos de anterior relación se deben hacer inventarios solemnes de bienes antes de la declaración de la unión.


La declaración de unión marital solo se puede hacer ante notario cuando los dos están vivos, si uno de ellos falleció, esta solicitud se hace únicamente ante un juez, quien es quien la declara.


Si su pareja ya falleció, debe solicitarle a un juez que declare la unión marital para tal acto, tiene un año después de fallecida la persona.

¿Dónde puedo consultar la Notaría o Registraduría de mi Registro Civil de Nacimiento?


El Registro Civil de nacimiento constituye la base para la identificación de la población colombiana. En el siguiente enlace usted podrá consultar la oficina en donde se adelantó la inscripción de su registro civil de nacimiento o de matrimonio. Esta información le será suministrada por el sistema siempre y cuando usted tenga grabado el serial de su registro en las bases de datos de la Registraduría Nacional, teniendo en cuenta que el formato de seriales para el registro civil de nacimiento fue implementado paulatinamente a partir del año 1970 y para registro civil de matrimonio a partir de 1981, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1260 de 1970." Fuente Registraduría del Estado Civil.


Debe ingresar a este link para consultar la Notaría o Registraduría donde se encuentra registrado.

¿Quiénes pueden solicitar la inscripción en el Registro Civil de Nacimiento de una persona?


Están en el deber: El padre; la madre; los demás ascendientes (Abuelos, bisabuelos, tatarabuelos); los parientes mayores más próximos; el director o administrador del establecimiento público o privado en que haya ocurrido el nacimiento; la persona que haya recogido al recién nacido abandonado; el director o administrador del establecimiento que se haya hecho cargo del recién nacido expósito; el propio interesado mayor de dieciocho años.

¿Cuándo soy propietario?


Una vez adelantada la diligencia de inscripción en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de su municipio, queda finiquitado todo el proceso legal o de posesión y propiedad sobre una casa, lote, bodega, apartamento o finca.


Cuando se expide el certificado de tradición actualizado, la persona o personas allí inscritas serán las nuevas dueñas del inmueble con sus respectivas aclaraciones, como por ejemplo si la casa fue vendida con hipoteca, bajo un patrimonio de familia o se produjo el levantamiento de una hipoteca, etc.

¿Qué costo tiene el registro civil?


Los usuarios del registro civil podrán solicitar y obtener sólo una copia del registro civil por diligencia y máximo cinco al mes, salvo justificación motivada por parte del usuario, sin costo alguno. (Circular 055 y 057 de 2.005 de la Registraduría del Estado Civil e instrucción administrativa N° 23 del 13 de dic de 2.005 de Superintendencia de Notariado y Registro)

¿Qué se requiere para formar una sociedad?


1. Para formar una Sociedad de cualquier tipo, se requiere de dos o más personas que están de acuerdo en constituirla.


2. Determinar, con la asesoría de un abogado y de acuerdo a la conveniencia de los eventuales socios, que tipo de sociedad es más conveniente.


3. Una vez determinado lo anterior, el abogado asesor debe redactar un borrador de la sociedad requerida y enviarlo a la Notaría, donde se confeccionará la escritura pública correspondiente.


4. Hecha la escritura en la Notaría, los socios la firman, el abogado confecciona un extracto de la escritura y el Notario autoriza la escritura y su extracto.


5. Terminado el trámite de la escritura, se inscriben dos copias del extracto de ella en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda al domicilio social y otro extracto se publica en el Diario Oficial. Ambos trámites deben realizarse dentro de los 60 días desde que se firma la escritura en Notaría.


6. Realizada la inscripción y la publicación del extracto, con copia de ambos documentos y de la escritura de sociedad, se debe concurrir al Servicio de Impuestos Internos para solicitar la Iniciación de Actividades y el RUT de la Sociedad.

¿Se necesita de abogado para adelantar divorcio de mutuo acuerdo ante notario?


La ley indica que es obligatorio que la pareja presente solicitud ante el notario a través de abogado titulado. La escritura pública puede ser firmada por los cónyuges o a través de abogado si éstos últimos le han otorgado esta facultad expresa.

¿Qué se debe hacer para otorgar un poder en el exterior?


Si el país en donde se otorga es adherente a la convención de La Haya, se puede conferir ante un notario público del referido país y posteriormente se Apostilla; también se puede otorgar directamente ante el Consulado Colombiano ubicado en el país de origen del documento en mención.

¿Qué debe contener un poder especial para vender un inmueble?


Además de la identificación completa del poderdante, se debe indicar el folio de matrícula inmobiliaria, la cédula catastral, la dirección y ciudad de ubicación del inmueble (matrícula inmobiliaria, cédula catastral y dirección). Si se trata de la venta de un apartamento o de una casa quien confiere poder debe manifestar bajo juramento si el inmueble se encuentra o no afectado a vivienda familiar.

¿Qué se necesita para cambiar o corregir el nombre?


Presentar la cédula de ciudadanía, copia auténtica del registro civil de nacimiento, y una carta dirigida al notario manifestando el motivo del cambio

¿Puede cambiar el nombre de un menor la persona que tiene la custodia del mismo otorgada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar?


No puede, hasta tanto haya sentencia otorgándole la patria potestad.

¿Para autenticar las firmas en cualquier tipo de contrato tienen que estar presentes al mismo tiempo los firmantes?


No necesariamente. Los contratantes pueden autenticar en momentos diferentes, siempre y cuando se acerquen en forma personal a la notaría a efectuar la diligencia de autenticación.

¿Se puede otorgar una autorización permanente para salida del país de un menor de edad?


Si. En dicho evento usted puede otorgar una escritura pública manifestando que la autorización tiene carácter permanente, y con el tiempo lo único que debe solicitar para su uso es un certificado de vigencia que acredite que no ha sido revocada.

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