RESOLUCIÓN 01299 DE 2020
"Por la cual se actualizan las tarifas de los derechos por concepto del ejercicio de la función notarial"
EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO
Registro civil
DE QUÉ SE TRATA
Para reclamar copia auténtica del Registro Civil de: nacimiento, defunción matrimonio, debe acercarse a la notaría y cancelar el costo del mismo a la tarifa del año vigente. La entrega tarda de 10 a 15 minutos. Si usted vive en otra ciudad u otro país y no puede venir personalmente, alguien que se encuentre en la ciudad puede reclamarlo por usted indicando el número serial o los nombres y apellidos con la fecha de nacimiento. En caso de que no cuente con nadie que pueda reclamar el Registro, puede solicitar el envío por medio de correo certificado, y cancelar el valor del Registro más los gastos de envío. Es importante que, al momento de solicitar la copia de su Registro Civil, especifique para qué trámite lo desea, en caso de que sea necesario añadirle algún tipo de nota marginal. CORRECCIONES • Redactar una carta solicitando la corrección. • Presentar copia del Registro Civil. • Fotocopia de la Cédula. • Si no puede venir personalmente, dar Poder Especial a otra persona. • Tiene un costo aproximado de $150.000 • Si los datos del Registro no concuerdan con los documentos antecedentes, se hace la corrección sin necesidad de Escritura Pública y no genera costo. REQUISITOS Registro Civil de Nacimiento: • Solicitud del Registro Civil de Nacimiento. • Presencia física del inscrito. • Certificado de nacimiento expedido por médico de la entidad pública de salud. • Grupo sanguíneo y factor R.H. • Copia de las cédulas de ciudadanía de los padres. • Declaración de testigos cuando el registro sea extemporáneo o cuando el certificado de nacimiento ya no tenga vigencia. Registro Civil de Matrimonio: • Fotocopia de las cédulas de ciudadanía de los contrayentes. • Fotocopia de la partida eclesiástica, en caso de que el matrimonio se haya realizado por lo católico, debidamente autenticada por la curia. • Si el matrimonio se realiza por otro credo, se necesita fotocopia de la personería jurídica de la iglesia. • Si el matrimonio se realiza en el extranjero, se debe traer la partida de matrimonio debidamente traducida y apostillada. Registro Civil de Defunción: • Se tiene un plazo de 2 días para hacer la inscripción. • Si la muerte fue violenta, no tiene un plazo de inscripción. • En caso de muerte presunta, se hace la inscripción por medio de sentencia judicial, luego de 2 años de desaparecido. • Si no se certifica la muerte en el tiempo determinado, debe presentar 2 testigos que hayan estado presentes al momento del fallecimiento, y un inspector de policía.
DETALLES DE CONTACTO
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